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CONTRATO


AMIGOS...LA CUESTION ES ASI: TENGO UN CYBER EN EL CUAL SOY PROPIETARIO DE LA MAQUINARIA Y DE TODO LO QUE EN EL SE ECUENTRA PERO SOY LOCATARIO POR MEDIO DE CONTRATO DEL LOCAL EN EL CUAL SE UBICA. MI PREGUNTA ES SI EXISTE ALGUNA FIGURA LEGAL Q ME PERMITA ALQUILAR LA MAQUINARIA, AMOBLAMIENTO INTERNO, ETC. SIN DEJAR DE ALQUILAR A MI NOMBRE EL LOCAL INMUEBLE.
GRACIAS POR SU AYUDA.

Gescudero Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
Nicolas-UCR Usuario VIP Creado: 08/04/07
En realidad lo que aquí importa es si realmente te permite el contrato de locación del inmueble realizar contratos de sublocación, es decir ceder a nombre de otro el uso y goce del inmueble.
digo esto por que el inmueble es la cuestión central del derecho a ceder a uso y goce de un tercero ajeno al contrato de locación, si esto es posible, no va a existir ningún impedimento de que realices tal actividad, sin perjuicio de que también realices un negocio jurídico extraño como sería la locación de los bienes muebles destinados a cyber, pues en dicho caso los negocios jurídicos, o contratos son distintos uno de otro.
Por lo tanto usted estaría realizando dos contratos distintos, uno de sublocación del local, y otro destinado al alquiler o locación de los bienes destinados a cyber.
Por lo tanto estarías realizando lo que se llama en derecho Locación de Fondo de Comercio. Pero tene por seguro que podés sublocar el local locado por vos, ya que en caso contrato responderías vos personalmente por los daños y perjuicios que pudieran llevarse a cabo por el sujeto a cual estas sublocando.

saludos y espero que te sirva la respuesta.
cualquier cosa mandeme un msj privado y seguimos discutiendo el mismo.

Nicolás, Suárez Colman


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