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COMISION CASCOS BLANCOS




COMISION CASCOS BLANCOS

Decreto 354/2003

Acéptase la renuncia del Presidente de dicha Comisión y desígnase a su reemplazante, a quien se asigna categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al solo efecto del rango protocolar.

Bs. As., 8/7/2003

VISTO el Decreto Nº 288 de fecha 30 de marzo de 2000, lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO se designó al señor Consejero de Embajada y Cónsul General D. Roberto Jorge LAPERCHE, Presidente de la Comisión Cascos Blancos.

Que el funcionario aludido precedentemente presentó su renuncia al cargo de Presidente de la Comisión Cascos Blancos, mediante nota de fecha 25 de junio de 2003.

Que es intención del PODER EJECUTIVO NACIONAL designar al señor D. Gabriel Marcelo FUKS, Presidente de la Comisión Cascos Blancos en reemplazo del funcionario citado en el párrafo precedente.

Que asimismo corresponde asignar al funcionario la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al solo efecto del rango protocolar.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo establecido en el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Acéptase la renuncia presentada por el señor Consejero de Embajada y Cónsul General D. Roberto Jorge LAPERCHE (L.E. Nº 4.304.671), al cargo de Presidente de la Comisión Cascos Blancos, agradeciéndole los importantes servicios prestados a la Nación.

Art. 2º — Desígnase Presidente de la Comisión Cascos Blancos al señor D. Gabriel Marcelo FUKS (D.N.I Nº 13.912.309), con jerarquía de Subsecretario.

Art. 3º — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al solo efecto del rango protocolar, al señor D. Gabriel Marcelo FUKS (DNI Nº 13.912.309).

Art. 4º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán atendidos con cargo a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Rafael A. Bielsa.

Administracionius UNLP

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