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APUNTES DE PENAL II UNCORDOBA




HOLA A TODOS!!
Soy nuevita en esto y necesito rndir Penal II y mis apuntes están desactualizados ! La cursé en la Univ. Nac. de Córdoba es cátedra unificada y mis apuntes son del 2003 !!!! viejitos ....no?

Agradezco infinitamente si algún alma caritativa tenga algo ......

GRACIASSSSSSSSSSSSS !!!!

MissGabi Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
thor Usuario VIP Creado: 04/04/08
Hola MissGabi. en el MENU, tenes la seccion de APUNTES podes encontrar el material que buscas.
Sino tenes estos links:

http://www.alipso.com/monografias/derecho_penal_2/

http://www.elangelo.com.ar/DERECHO/a...yresumenes.htm

http://apuntes.rincondelvago.com/apu...derecho_penal/

espero haberte ayudado..
Saludos

UNC
apaza Ingresante Creado: 04/04/08
Decime con que profe cursaste, quiza pueda ayudarte.

Sin Definir Universidad
MissGabi Ingresante Creado: 05/04/08
Empezado por apaza

"Decime con que profe cursaste, quiza pueda ayudarte."

+Ver post citado
Cursé con Vezzaro Univ Nac de Cba.

Lo q necesito son apuntes actualizados xq la cursé en el 2003!!! y dormí para rendir.....como verás...ja!

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 05/04/08
Mira; te digo si tenes los apuntes de cuando la cursaste y no la rendiste, la podes estudiar igual. Porque las actualizaciones en el Código Penal fueron en materia de escalas y agravantes en general. Asi que comprandote un Código Penal 2008 no vas a tener problemas... Ya que los bienes juridicos protegidos, los sujetos, y demás cuestiones técnicas no varían.

Asi que la mejor actualización para tu material de estudio va a ser un nuevo Codigo Penal y no vas a tener ningun problema en estudiar de tus antiguos apuntes


Saludos

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 05/04/08
Consejos:
Comprate un codigo nuevo, anda a la fotocopiadora del CED y las del lado de la facu (lex) y pedi las carpetas de el u otros profes.. anda con el programa y perdete un dia buscando material, y trata de ir a ver como rinden o preguntar como toman yo la curse en el 2001 (Ferreyra) y la rendi hace poco, e hice eso que te estoy diciendo y me fue bien me tomaron delitos contra la administracion publica tema feo que nadie estudia. Estudie de Nuñez y le agrege lo de las fotocopiadoras, no te aconsejo apuntes que no sean de de Cordoba, porque en la UNC son defensores de la escuela de penal de Cordoba (Nuñez - Soler)... de ultima comprate un pierito nuevo con el libro de Nuñez que es del año 1999 y un codigo penal nuevo del 2007 u 2008.
Los pieritos los venden en la Obispo Trejo, a media cuadra de la facu por la vereda de la Iglesia, en diagonal a la libreria Advocatus e Intellectus.
Y si te da el cuero hay un libro de Balcarce pero no se si es de penal 2 (editorial Lerner tapa negra letras doradas muy fachero).. habria que verlo , solo lo vi en vidriera.
Acordate que Vezzaro es el nuevo fiscal general de la pcia de Cba, y es especialista en procesal asi que tene una idea de las garantias del imiusdo y art 18 y 19 de la Constitucion nacional.

Te paso algo de los profes de la facu opinando sobre el proyecto de codigo penal que se esta estudiando para ver si lo reforman:

El Anteproyecto de Código Penal que se pretende
Por Fabián Balcarce; Carlos J. Lascano; Carlos Palacio Laje, Oscar Roger; Dario Vezzaro

En el presente trabajo hemos efectuado una primera aproximación sobre el Anteproyecto de Código Penal para la Nación Argentina producido por la “Comisión para la Elaboración del Proyecto de ley de Reforma y Actualización Integral del Código Penal” creada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Lo hemos realizado de manera conjunta y consensuada en el seno del Departamento de Derecho Penal del Instituto de Estudios Jurídicos del Colegio de Abogados de Córdoba, cuyo Directorio ha aprobado por unanimidad nuestras conclusiones.

Un primer pronunciamiento nos lleva a sostener que compartimos la necesidad de que se elabore y se sancione un nuevo Código Penal. Al respecto es preciso señalar, que el actual data del año 1922 y sus antecedentes se remontan al siglo 17. Desde entonces y hasta el presente ha sido objeto de numerosas –más de 900- y disímiles reformas, inspiradas por pautas político criminales diversas y hasta encontradas, lo que, sin lugar a dudas, ha alterado de manera esencial su espíritu primigenio. Resulta indudable que el producto final de tal devenir es un digesto carente de unidad y coherencia. La alternativa de nuevas reformas, por tanto, no haría más que profundizar la anarquía ya existente en su seno. De aquí que, desde nuestra perspectiva, si se pretende un cambio en el rumbo legislativo, la única vía posible es la elaboración de un nuevo Proyecto de Código Penal.

Ello redundará, dentro de otros aspectos, en dos cuestiones que consideramos fundamentales: por un lado, fortalecerá la función preventiva general que debe cumplir ese cuerpo legal, en la medida de que se lo dote de una estructura claramente comprensible por todos los miembros de la sociedad; por el otro brindará a los Jueces que deben aplicarlo de un instrumento claro y preciso que no permita diversidad de interpretaciones tal como hasta hoy sucede. En definitiva, necesitamos un cuerpo legal en que todos sepamos a qué atenernos.

Por supuesto que el avance de una nueva delincuencia que como la económica y la ambiental, merece de figuras específicas, antes innecesarias y la atención de delitos como los llevados adelante mediante la informática resultan inalcanzables por el Código Penal actual.

Sin embargo estamos convencidos de que todo proceso transformador de la legislación destinada a reglar la potestad represiva del Estado no puede estar sometido a plazos perentorios de análisis, discusión y consensos sociales. El Derecho comparado así lo demuestra; por caso, Alemania, en donde la sola reforma de la Parte General de su Código llevó más de dos décadas. La prudencia es la mejor aliada en los procesos de cambio; la premura normalmente trae como resultado la inconsecuencia; ello no sería aconsejable para el Anteproyecto en cuestión, respecto del cual se pretende que en pocas semanas se estudie, se debata y se realicen pronunciamientos expresos sobre ciertos Institutos cuyo análisis correcto y necesario llevaría meses.

Un Proyecto de Código Penal, antes que objeto de la filigrana cientificista y la dogmática como ciencia del Derecho, es una decisión operativa (política criminal), coherente con el estadio cultural de la Sociedad en que se pretende instalar, consecuencia directa de sendos y serios trabajos empíricos que demuestren, no sólo la necesidad de la novedad, sino también la corrección del rumbo señalado (criminología). El menú ofrecido –Anteproyecto- ha obviado pasos decisivos en pos de la evolución legislativa.

En este sentido advertimos que no existe constancia de trabajos de campo vinculados a la problemática delictiva local. Menos aún, sobre la instalación y discusión de los temas que el proyecto trae como relevados y valorados, a través de las figuras delictivas. Por el contrario; los ensayos criminológicos sobre la delincuencia en la Argentina; sobre todo en las últimas décadas; son demasiados precarios y en lo que respecta a la política criminal, se advierte una seria contradicción entre la sensible reducción de penas, con la política criminal instalada hasta hace pocos días que respondía al slogan “mano dura, tolerancia cero”.

Es más, originariamente el Anteproyecto carece de Exposición de Motivos, omisión que siembra a priori incertidumbre respecto del fundamento de sus directrices. Sin perjuicio de las elucubraciones personales que podamos realizar, no sabemos a ciencia cierta cuál es el modelo de Estado en que se sustenta, la ideología que lo preside, el concepto de ciudadano en que se encuentra arraigado, ni siquiera las teorías analíticas y las doctrina que lo presiden.

En síntesis: el lenguaje jurídico sólo puede esgrimirse una vez agotada la semántica criminológica y la pragmática política. Los últimos estamentos ni siquiera se encuentran como orden del día en nuestra Sociedad. Respecto de la dogmática, es harto difícil la tarea atento a no haberse explicitado los patrones técnicos utilizados.

Por otro lado, el Código Penal, como expresión de las potestades delegadas a la Nación por las provincias, requiere para su viabilidad, una discusión abierta a todas ellas. Es que en su construcción debe evitarse la posible lesión de las potestades reservadas por los Estados locales. No ha existido una convocatoria a tal efecto; ni siquiera respecto de provincias como la nuestra, donde el Derecho, y sobre todo el penal, ha tenido uno de sus más ilustres bastiones.

En vinculación a lo apuntado en el último párrafo, es de destacar que la sensible disminución de penas va a traer aparejada la aplicación retroactiva de la ley penal, en razón de su mayor benignidad. Ello va a llevar indefectiblemente un sinnúmero de planteos incidentales o impugnativos destinados a lograr los beneficios. La crisis de los sistemas judiciales provinciales, en este sector, es ineluctable. Por otro lado, un importante sector de la población carcelaria, de no establecerse un período de vacación amplio (varios años para la entrada en vigencia de la nueva legislación), quedaría en libertad, lo cual tendría que preverse (laboral, familiar y socialmente) a los efectos de evitar una recaída en el delito y un rechazo inmediato, por parte de la comunidad, de la nueva legislación.

Sin pretender entrar al fondo del tema, se pueden adelantar algunas pautas generales criticables metodológicamente:

En primer lugar, la asimetría que se observa entre Parte General y Parte Especial. Una refinada y prolífica actividad en la primera; una reedición de los viejos parámetros en la elaboración de las figuras penales de la última.

En segundo lugar, la introducción innecesaria de garantías constitucionales, no requeridas, de normas positivas que las operativicen, en el marco del Código, relativizando de ese modo su jerarquía.

Por último, la inserción de legislación penal especial en el CP.

En definitiva, somos de la opinión que la transformación de las mandas que reglamentan la violencia organizada estatal, con perspectiva de perdurabilidad, no es un trámite jurídico, sino un proceso empírico-social en donde todos los sectores deben opinar, sin cortapisas academicistas, ni términos perentorios que ahoguen la vocación democrática de la Sociedad.

Saludos... no se te ocurra hablar o cuestionar la justicia en especial la de cba porque el es quien esta a cargo... es muy pero muy cuestionado politicamente y doctrinariamente tambien.. recuerdo haber leido en semanario juridico una polemica que duro varios numeros de revistas de el y otro autor no recuerdo el nombre, en donde lo mataban (juridicamente hablando)... menos se te ocurra hablar del Caso Dalmasso

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