Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL




[b] ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 822/2007

Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora Sectorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA).

Bs. As., 27/6/2007

VISTO el Expediente Nº 1.221.574/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias, la Ley Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 17 de abril de 2007 de la Comisión Negociadora Sectorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185 y por el Anexo II del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06, se ha constituido la Comisión Negociadora Sectorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), en el que está incluido el Personal Técnico Artístico del Teatro Nacional Cervantes y de los demás organismos artísticos dependientes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6º de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto Nº 447/93 y sus normas complementarias, arribaron a un acuerdo de nivel sectorial relativo al otorgamiento, a partir del 1º de mayo de 2007, de UN (1) Suplemento por Función Específica por tareas técnico-artísticas a los trabajadores que se desempeñan en los organismos citados en el considerando anterior.

Que se comprometieron a implementar el referido Suplemento mediante un nomenclador de función específica a través de la Comisión Permanente de Carrera del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y que oscila entre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) y el SETENTA POR CIENTO (70%), según la complejidad de las funciones desempeñadas.

Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley Nº 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo, y 80, inciso b), del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7º, 10 y concordantes de la Ley Nº 24.185.

Que en atención a las prescripciones del artículo 16 de la Ley Nº 26.198, tratándose de un incremento salarial generado en acuerdo colectivo en el marco de la Ley Nº 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos que surgen de dicha norma y de la Ley Nº 18.753, deben tenerse por cumplidas las disposiciones del artículo 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias, con la suscripción del Acta Acuerdo de fecha 17 de abril de 2007 que dispone la vigencia del incremento a partir del 1º de mayo de 2007.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 14 de la Ley Nº 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

[b] Artículo 1º — Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora Sectorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), aprobado por Decreto Nº 993/ 91 (t.o. 1995) y sus modificatorios, de fecha 17 de abril de 2007, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

[b] Art. 2º — La vigencia del Acta Acuerdo homologada por el presente será a partir del 1º de mayo de 2007, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.

[b] Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Carlos A. Tomada.

ANEXO

Expediente N° 1.212.134/07

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de abril de 2007, siendo las 15:00 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el señor DIRECTOR DE RELACIONES INDIVIDUALES, Dr. José Elías M. VERA en su carácter de PRESIDENTE DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL SECTOR PUBLICO; asistido por el Lic. Eduardo BERMUDEZ de la DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES y por la Señora Marcela CASTRO del DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1 de la DNRT, en el marco de la Comisión Negociadora Sectorial SINAPA, COMPARECEN: por la Subsecretaría de la Gestión Pública, su titular el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y los asesores la Sra. Amalia BORMAN y el Sr. Alberto CLISO, por la Jefatura de Gabinete de Ministros: el Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria el Dr. Julio VITOBELLO y el Sr. Norberto PEROTTI, por la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía y Producción: su titular Lic. Raúl RIGO, acompañado por los Sres. Daniel SUAREZ LAURIA, Gabriela Luján KEIENBURG y Graciela ROLDAN PEREZ; por la Secretaría de Cultura de la Nación, su titular el Dr. José NUN, el Jefe de Gabinete Dr. César CALCAGNO, y los Sres. José Luis ALVAREZ, Eduardo RODRIGUEZ ARGUIBEL y el Lic. Alejandro Alberto SAMEK, en calidad de Director del Teatro Nacional Cervantes, todo ellos en representación del ESTADO EMPLEADOR, por una parte y por la otra ASISTEN: por la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION los señores: Hugo SPAIRANI, Omar AUTON y Marta FARIAS, por ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO los señores: Rubén MOSQUERA, Estela FERRAZZANO y Miriam GUZMAN, acompañados por los Técnicos del Teatro Nacional Cervantes y de los Organismos Estables de la Secretaría de Cultura, señores: Juan Manuel BENBASSAT, Daniel Omar ZAPPIETRO, Gustavo Daniel TRINIDAD y Claudio VESCOVO, quienes asisten a este acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un prolongado intercambio de opiniones, se cede la palabra al Estado Empleador quien MANIFIESTA: Que analizando las solicitudes vertidas el 28 de marzo ppdo. por las representaciones gremiales se formula una propuesta que comprende a los trabajadores técnico-artísticos del Teatro Nacional Cervantes y de los demás organismos artísticos de la Secretaria de Cultura de la Nación, por la cual se compromete a otorgar a partir del 1º de mayo de 2007 el suplemento por función específica, por tareas técnicoartísticas a los trabajadores alcanzados que se desempeñan en los citados organismos. La misma se implementará por medio de un nomenclador de función específica, por tareas técnico-artísticas que reconoce un suplemento, según la complejidad de las funciones desempeñadas que oscila entre el 50% y el 70%, a través de la Comisión Permanente de Carrera del SINAPA. Por otra parte y en relación a lo manifestado oportunamente por la Asociación de Trabajadores del Estado en el punto 1) de lo solicitado el 28 de marzo ppdo., por el cual requería el pase a la modalidad contractual de la Resolución Nº 48, se deja en claro que tal como se desprende de la propia solicitud del sector gremial referido, éste no es el ámbito para resolver :a problemática planteada. No obstante ello, la Secretaría de Cultura de la Nación y el Teatro Nacional Cervantes, manifestaron su voluntad de resolver la cuestión referida en los términos de la normativa aplicable. Asimismo en relación a los otros puntos el Estado Empleador ofreció continuar con las tratativas para resolver las modalidades operativas en el ámbito correspondiente.

Cedida la palabra a la representación de la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, MANIFIESTA: Que esta parte acepta la propuesta planteada en este acto por la parte empleadora, y solicita la homologación en los términos del Art. 4º de la Ley 24.185 y su Decreto Reglamentario y la Resolución Nº 42 del año 1998 del MINISTERIO DE TRABAJO.

En este estado los funcionarios actuantes dejan constancia del retiro en este acto de la representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO.

Siendo las 20.30 horas se da por finalizado el presente acto previa lectura y ratificación del mismo ante mí que así lo CERTIFICO.






REPRESENTACION GREMIAL

ESTADO EMPLEADOR


Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL