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Administración de Programas Especiales PROGRAMA DE COBERTURA DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES Resolución 13




Administración de Programas Especiales

PROGRAMA DE COBERTURA DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES

Resolución 13.100/2004

Ratifícase la obligación impuesta por el Artículo 7º de la Resolución Nº 500/2004, por la que se estableció el mencionado Programa. Apruébase el modelo de Acuerdo de Implementación de Comunicación Electrónica de Notificaciones.

Bs. As., 13/10/2004

VISTO la Resolución Nº 500/2004 de esta Administración de Programas Especiales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de la Resolución citada en el VISTO establece la obligación de los Agentes del Seguro de Salud de suscribir un convenio con esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES a fin de implementar un Sistema de Comunicación Electrónica de Notificaciones, con el fin de agilizar los procedimientos administrativos vigentes.

Que sin perjuicio del deber impuesto, se ha constatado un importante incumplimiento por parte de los Agentes del Seguro de Salud, contando al presente con la formalización de sólo cuarenta y tres convenios.

Que es importante extremar esfuerzos a fin de agilizar los procedimientos administrativos tramitados ante esta Administración e intimar a los Agentes del Seguro de Salud que no hayan firmado el Convenio para que lo efectúen en un plazo que no exceda los treinta días corridos a partir de la publicación de la presente.

Que asimismo, y a fin de acelerar el trámite de la liquidación y pago de los apoyos financieros y la notificación de la aprobación de la rendición de cuentas de los subsidios otorgados, es conveniente incorporar al Sistema de Comunicación Electrónica, ambas informaciones.

Que la incorporación propuesta abreviará los plazos estimados ya que el Agente de Salud no necesitará notificarse personalmente del acto de otorgamiento como condición para que el apoyo financiero sea transferido y además se anoticiará rápidamente de las aprobaciones de las rendiciones de cuentas.

Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nº 53/98 y 167/02,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:

Artículo 1º — Ratifícase la obligación impuesta por el artículo 7º de la Resolución Nº 500/04 – APE.

Art. 2º — Apruébase el modelo de ACUERDO DE IMPLEMENTACION DE COMUNICACION ELECTRONICA DE NOTIFICACIONES que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 3º — Intímase a los Agentes del Seguro de Salud que no hayan formalizado el Acuerdo, para que en el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, procedan a suscribir el mismo, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 23.660 y por los artículos 42 y 43 de la Ley Nº 23.661.

Art. 4º — Establécese que las notificaciones de las resoluciones de otorgamiento de los apoyos financieros y de las aprobaciones de las rendiciones de cuentas se realizarán a través del Sistema de Comunicación Electrónica de Notificaciones, debiendo los Agentes de Salud retirar las copias certificadas del acto por ante la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de esta Administración.

Art. 5º — Apruébase el Modelo de Notificación de Resoluciones de Otorgamiento que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

Art. 6º — Apruébase el Modelo de Notificación de Aprobación de Rendiciones de Cuentas que como Anexo III forma parte integrante de la presente.

Art. 7º — El Area de Sistemas Informáticos desarrollará la forma a través de la cual se visualice en la página web de la Administración de Programas Especiales el texto completo de las resoluciones mencionadas en el artículo 4º que hubieran sido notificadas por el Sistema de Comunicación Electrónica de Notificaciones.

Art. 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Eugenio D. Zanarini.

ANEXO I

ACUERDO DE IMPLEMENTACION DE COMUNICACION ELECTRONICA DE NOTIFICACIONES

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los........ días del mes de Octubre del año 2004, entre la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, en adelante "APE", representado en este acto en la persona del Señor Don EUGENIO ZANARINI, quien acredita identidad con DNI Nº 8.318.016 en su calidad de Interventor, con domicilio en Rivadavia 535 2º piso de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la otra lo hace el Señor Don............................. en carácter de representante legal de la Obra Social, .................................................. ... y/o ...................................acreditando personería en la delegación de facultades, con domicilio en la calle .............................. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien acredita identidad con documento DNI Nº ................................................. y reunidas las partes acuerdan:

CLAUSULA PRIMERA: la Administración de Programas Especiales implementará la comunicación vía electrónica de notificaciones con carácter unilateral a los Agentes del Seguro que se detallan en el Anexo del presente convenio con el fin de agilizar los procedimientos administrativos, estableciendo una comunicación electrónica de datos entre las partes.

CLAUSULA SEGUNDA: En su carácter de administradora de este mecanismo la Administración de Programas Especiales es responsable de la implementación y ejecución de la operatoria y en su carácter de participante, el Agente del Seguro comunica por este acto dos direcciones de correo electrónico a fin de que se le notifique la documentación que se detalla en el Anexo del presente convenio, las cuales informa que serán:............................ .

CLAUSULA TERCERA: Las Notificaciones enviadas serán válidas y eficaces a partir de la fecha de envío. El emisor de la notificación realizará una impresión de la comunicación electrónica, incorporándola al expediente como constancia de remisión, en caso de corresponder. La fecha y hora generada automáticamente por el sistema se tendrá por cierta. En caso de silencio, frente alguna notificación que contenga observaciones u obligaciones a cumplir por el Agente del Seguro, se intimará por la vía formal establecida en la ley de procedimientos administrativos (19.549).

Es responsabilidad de cada participante tomar conocimiento de las notificaciones recibidas en su bandeja de entrada, enviando una constancia de recepción.

CLAUSULA CUARTA: El participante deberá guardar respecto de las Notificaciones, la confidencialidad y reserva que imponen las normas vigentes siendo responsable por la violación de dichos deberes y la Administradora asume la responsabilidad por la integridad y confidencialidad de la información emitida hasta la entrada de la misma en la bandeja de entradas del participante.

CLAUSULA QUINTA: Se comunicarán por este medio las notificaciones, según categorización que se detalla en el Anexo del presente.

CLAUSULA SEXTA: La firma del presente convenio importa la aceptación en su totalidad y contenido por el participante asumiendo las obligaciones que se establecen.

CLAUSULA SEPTIMA: La vigencia del contrato con la Administración de Programas Especiales, tendrá validez al solo efecto de cumplimentar la primer etapa como experiencia piloto hasta tanto se implemente el sistema de firma digital conforme la normativa en vigencia

En muestra de conformidad se firma ......... ejemplares del presente, de idéntico tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires a los ......... días del mes de ................ del año 2004.

ANEXO

Notificaciones a efectuarse por correo electrónico por la Gerencia de Prestaciones.

a) Notificaciones por falta de documentación.

b) Notificaciones por errores en la confección del pedido.

c) Notificaciones por superposición de períodos.

d) Denegatoria de prestaciones.

Notificaciones a efectuarse por el área Rendición de Cuentas:

a) Notificaciones por falta de rendición de cuentas.

b) Notificaciones por observaciones en la rendición de cuentas presentadas.

Notificaciones enviadas por el área de Mesa de Entradas y Notificaciones:

a) Citaciones para toma de vista.

b) Notificaciones de mero trámite.

c) Resoluciones de Otorgamiento.

d) Resoluciones de aprobación de rendiciones de cuentas.

ANEXO II



Sr. Representante Legal

S/D

Por la presente, le informamos a Uds. que en el día de la fecha el sector Leyes ha emitido resoluciones aprobatorias correspondientes a subsidios solicitados por esa Obra Social ante esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES según detalle:















Resolución

Expediente

Monto

Concepto

Carácter
         



Dichos expedientes han sido girados a la Gerencia de Control de Gestión para su liquidación y pago.

Asimismo se informa que el Agente del Seguro cuenta con un plazo de treinta (30) días hábiles, establecido en el apartado 1 del Anexo VII de la Resolución 7800/03 – APE para dar cumplimiento con la rendición de cuentas de los apoyos financieros otorgados en carácter de subsidio, dicho plazo, se contará a partir del momento de la transferencia a la cuenta del Agente del Seguro, de los montos otorgados o a partir de la finalización del tratamiento para el cual ha sido solicitado.

De acuerdo a lo establecido por Resolución ........./04 - APE, considérese la presente comunicación como formal notificación de las resoluciones arriba mencionadas debiendo el Agente del Seguro de Salud retirar copia certificada del acto administrativo de otorgamiento.

Atte.

APE - Administración de Programas Especiales
Buenos Aires,

Si aún no cuenta con la clave de acceso, solicítela por e-mail a: preguntas@ape.gov.ar

Av. Diagonal Roque Saenz Peña 530 - 2º P Tel: 4344-2900 - info@ape.gov.ar

ANEXO III



Sr. Representante Legal

S/D

Por la presente, le informamos a Uds. que en el día de la fecha el sector Leyes ha emitido resoluciones de aprobación de rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios otorgados a esa Obra Social según el siguiente detalle:















Resolución

Expediente

Monto

Concepto

Carácter
         



De acuerdo a lo establecido por Resolución ........./04 - APE, considérese la presente comunicación como formal notificación de las resoluciones arriba mencionadas debiendo el Agente del Seguro de Salud retirar copia certificada del acto administrativo de otorgamiento.

Atte.

APE -Administración de Programas Especiales
Buenos Aires,

Si aún no cuenta con la clave de acceso, solicítela por e-mail a: preguntas@ape.gov.ar

Av. Diagonal Roque Saenz Peña 530 - 2º P Tel: 4344-2900 - info@ape.gov.ar

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