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ACTIVIDAD BANCARIA




ACTIVIDAD BANCARIA

Decreto 972/2001

Derógase el Decreto Nº 24.879 del 22 de diciembre de 1953 por el que se instauró el 31 de diciembre o último día hábil de cada año como feriado bancario permanente.

Bs. As., 31/7/2001

VISTO el Decreto Nº 24.879 del 22 de diciembre de 1953, y

CONSIDERANDO:

Que el citado decreto instauró el 31 de diciembre o el último día hábil de cada año como feriado bancario permanente a los fines de la atención al público y determinó un horario especial para el personal del sector en dicha fecha a cumplirse de 7 a 14 horas, habilitando asimismo una extensión extraordinaria de la jornada laboral para el penúltimo día hábil de hasta CUATRO (4) horas a los fines de la realización de las tareas relacionadas con la confección de balances.

Que tales medidas tuvieron por finalidad adaptar la modalidad de trabajo de la actividad bancaria para permitir que pudiera el personal de las entidades financieras celebrar la tradicional festividad de fin de año pese al importante recargo de tareas que implicaba la realización de las labores relacionadas con los cierres de balances en una época en que tales menesteres se realizaban en forma manual

Que el desarrollo y la masiva incorporación de nuevas tecnologías informáticas a la actividad financiera acaecidos en los últimos años han determinado que resulte innecesario en la actualidad el contar con un feriado bancario y/o modificaciones de la jornada habitual de sus empleados a los fines de alcanzar los objetivos antedichos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º
— Derógase el Decreto Nº 24.879 del 22 de diciembre de 1953.

Art. 2º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Domingo F. Cavallo. — Patricia Bullrich.

Administracionius UNLP

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