295. Pide la nulidad de declaraciones (art. 302)

Señor Juez:

Aristo Peña, abogado, tomo nº …, folio nº …, de su matrícula profesional, con domicilio constituido en la avenida …, nº …, piso …, oficina nº … de esta Capital Federal, a V.S. manifiesto:

Artículo 302, Código Procesal  Penal

Este artículo se expresa por la separación de las declaraciones de los imputados, si ellos son varios en la misma causa.

Termina el tema advirtiendo: “…evitándose que se comuniquen antes de que todos hayan declarado”.

En la causa nº …, caratulada “… c/ … s/ …”, no fue respetada esta sabia resolución. En ocasión de recibir declaración indagatoria a los tres imputados en ella, estando yo en la secretaría actuante, pude comprobar que esos tres personajes estaban con sus abogados, no sólo todos en un mismo grupo, sino que conversaban animadamente.

No hay que ser demasiado perspicaz ni desconfiado para presumir que el tema que tan vívidamente discutían era sobre su inmediata deposición como acusados de un delito grave.

Naturalmente no nos consta, pero el solo hecho de violar las previsiones de forma ya debe considerarse como una falta grave por parte del personal de esa secretaría, o al menos del responsable de la misma.

Por ello y para cortar de raíz toda colusión entre aquellos que violaron las disposiciones del Código adjetivo señaladas más arriba, solicito, como parte querellante con firma de letrado, yo, Daniel Santibáñez, se anulen los actos de toma de declaraciones a los imputados, se sustituya a la secretaría actuante hasta el momento y se siga con el procedimiento en legal forma.

Proveerlo así,

    Será Justicia.

 

                                         

Firma y sello del profesional